2.- Límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 17 de marzo, la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a 30.000€ (antes 18.000€) el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.

Con fecha 20 de octubre de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, una Orden ministerial por la que se elevaba el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000€ (antes fijado en 18.000€). Este nuevo límite solo afectaba a las deudas aplazadas o fraccionadas de derecho público gestionadas por la Hacienda Pública Estatal pero no a las deudas tributarias derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas, lo cual se subsana con la nueva Orden que comentamos.

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