.- Disposiciones autonómicas.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Escala autonómica

Se ha aprobado la escala autonómica del IRPF en Asturias aplicable a partir del ejercicio 2013.
L Asturias 3/2012. BOPA 29-12-12.

Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos desde el 1-1-2012, en Asturias se ha aprobado por primera vez la tarifa del impuesto y una nueva bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
L Asturias 4/2012, BOPA 29-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Obligaciones formales de los notarios y de los registradores de la propiedad y mercantiles

A partir del 1-1-2013, el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias es el órgano competente en relación con las obligaciones formales de los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles en materia de ISD y de ITP y AJD.
L Asturias 3/2012, BOPA 29-12-12.

Modelos de declaración-liquidación de los tributos cedidos

A partir del 1-1-2013, el modelo 660 de declaración de Sucesiones del ISD se configura como un modelo obligatorio de datos comunes a la sucesión que acompaña al modelo de autoliquidación 650.
Resol Asturias 26-12-2012, BOPA 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos 1-1-2013 se define lo que ha de entenderse por vivienda habitual a efectos de aplicación del tipo impositivo reducido vigente para la adquisición de viviendas calificadas de protección pública por el Principado de Asturias, así como para la constitución y cesión de derechos reales sobre las mismas.
L Asturias 3/2012, BOPA 29-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se han aprobado los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), así como la metodología seguida para su obtención, durante el ejercicio 2013.
D Asturias 226/2012, BOPA 26-12-12

COMUNIDAD VALENCIANA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Escala autonómica

Se ha aprobado a escala autonómica del IRPF en la Comunidad Valenciana vigente en los períodos impositivos 2012 y 2013, que coincide con la ya aprobada por el DL C.Valenciana 1/2012.
L C.Valenciana 10/2012, DOCV 27-12-12.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se limita al ejercicio 2011 la aplicación de la bonificación del 100% sobre la cuota del impuesto, quedando sin efecto para el ejercicio 2012.
L C.Valenciana 10/2012, DOCV 27-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

A partir del 28-12-2012, la Comunidad Valenciana se suma a las Comunidades Autónomas que aplican el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio.
L 16/2012, BOE 28-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Escala autonómica

Se ha aprobado la escala autonómica del IRPF en La Rioja vigente desde el 1-1-2013.
L La Rioja 7/2012, BOR 28-12-12.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Se aprueban las deducciones autonómicas del IRPF vigentes en La Rioja desde el 1-1-2013.
L La Rioja 7/2012, BOR 28-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se mantiene sin cambios la regulación de este impuesto para 2013.
L La Rioja 7/2012, BOR 28-12-12.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Se mantiene para el año 2013 el mismo recargo provincial sobre el IAE que el que estuvo en vigor en el año 2012.
L La Rioja 67/2012, BOR 28-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos 1 de enero de 2012 se adapta la terminología usada en la deducción por ayuda doméstica, debido a los cambios en la normativa estatal, y se precisan mejor los supuestos de aplicación de la deducción por gastos de defensa jurídica de la relación laboral.
L Andalucía 5/2012, BOJA 31-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos 1 de enero de 2013 se introducen modificaciones en las deducciones autonómicas entre las novedades en las deducciones autonómicas del IRPF en Aragón, entre las que cabe destacar la aprobación de unas nuevas deducciones por adquisición de libros de texto, por arrendamiento de vivienda habitual y por arrendamiento de vivienda social.
L Aragón 10/2012, BOA 31-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se establece que en el año 2013, los descendientes o adoptados, cónyuges, ascendientes o adoptantes puedan aplicar una bonificación del 33% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros sobre la vida, con el objetivo de avanzar progresivamente hasta alcanzar el 100% en el año 2015.
L Aragón 10/2012, BOA 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos desde 1-1-2013, se producen las siguientes novedades en el ITP aragonés: Se establecen beneficios fiscales en la modalidad de TPO aplicables en las localidades afectadas por inundaciones, se establecen bonificaciones de la cuota tributaria en la constitución y ejecución de opción de compra en contratos de arrendamiento vinculados a determinadas operaciones de dación en pago Se determinan también beneficios fiscales en la modalidad de AJD aplicables en las localidades afectadas por inundaciones y Se suprime la actual bonificación de la cuota tributaria en la constitución de fianzas por la subrogación y novación de préstamos y créditos hipotecarios.
L Aragón 10/2012, BOA 31-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos desde el 1-1-2013, se derogan determinados beneficios fiscales en el IRPF y se suprime el tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual, en relación, únicamente, con las nuevas inversiones que tengan lugar a partir del 1-1-2013.
L Baleares 15/2012, BOIB 29-12-12.

Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos en el devengo del impuesto correspondiente al 31-12-2012, se elimina la bonificación autonómica del 100% y se establece el importe del mínimo exento.
L Baleares 15/2012, BOIB 29-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

Se establecen distintas modificaciones en materia de ITP, entre las que cabe señalar la unificación del plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones del impuesto, con independencia de que la presentación se realice por vía telemática o en papel, atendido el uso generalizado de las nuevas tecnologías; el incremento del tipo de gravamen aplicable con carácter general a la modalidad correspondiente a AJD, que pasa del 1% al 1,2%; incremento del tipo de gravamen aplicable al primer tramo de la escala impositiva en la modalidad de TPO relativa a inmuebles, que pasa del 7% al 8% y supresión de algunos tipos específicos reducidos en las modalidades de TPO y de AJD.
L Baleares 15/2012, BOIB 29-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

A partir del 1-1-2013 se crean dos nuevas deducciones en Cantabria por obras realizadas en viviendas y por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
L Cantabria 10/2012, BOC 29-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

A partir del 1-1-2013, el sujeto pasivo gravado por el ISD, así como el l sujeto pasivo gravado por la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas podrá deducir la tasa por Valoración previa de inmuebles objeto de adquisición o transmisión valorados por el perito de la Administración.
L Cantabria 10/2012 art.9.3, BOC 29-12-12.

Modificación de tipos impositivos de AJD aplicables a los documentos notariales

Con efectos a partir del 1-1-2013, se modifican en la Comunidad Autónoma de Cantabria los tipos de gravamen de los documentos notariales de la modalidad AJD del impuesto como sigue:

  1. El tipo general aplicable a las primeras copias de escrituras y actas notariales pasa a ser del 1,5% (antes, 1%).
  2. El tipo especial aplicable a las primeras copias de escrituras que documenten la renuncia a la exención del IVA (nº 5824 Memento Fiscal 2012) se fija en el 2% (antes, 1,5%).
  3. Los tipos reducidos, exceptuando el establecido para transmisiones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual del sujeto pasivo, cuando este sea una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, solo serán aplicables para la adquisición de viviendas que no superen un valor real de 300.000 euros. En las adquisiciones por encima de dicha cifra, el tramo de valor real que supere los 300.000 euros tributará al tipo de gravamen del 1,5% (antes, 1%).

L Cantabria 10/2012 art.9.3, BOC 29-12-12.

Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados inmuebles urbanos en el ITP y AJD y en el Impuesto sobre sucesiones y Donaciones

Se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), así como las reglas para la aplicación de los mismos y la metodología seguida para su obtención, durante el ejercicio 2013.
O Cantabria HAC/32/2012, BOC 10-1-13.

Deducción en la cuota del impuesto por Actos Jurídicos Documentados

Con efectos desde 1-1-2013, el sujeto pasivo gravado por la modalidad de Actos Jurídicos Documentados en Cantabria tendrá derecho deducirse la tasa por Valoración previa de inmuebles objeto de adquisición o transmisión en los casos en que adquiera, mediante actos o negocios jurídicos, intervivos bienes valorados por el perito de la Administración.
L Cantabria 10/2012 art.9.nueve, BOC 29-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos desde el 1-1-2012 se crea una nueva deducción para compensar el incremento de los gastos en el material escolar satisfechos por la escolarización obligatoria.
L Extremadura 4/2012, DOE 31-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

A partir del 1-1-2013, para el cálculo de la reducción variable en las herencias en las que el caudal hereditario no supera los 600.000 euros, se excluye la reducción por discapacidad en un grado igual o superior al 33%; y en las reducciones por donación a descendientes de cantidades para la adquisición de la primera vivienda habitual y por donación de vivienda habitual a descendientes, se especifica que la donación debe hacerse a mayores de edad o menores emancipados, y que se aplica a los primeros 122.000 euros.
L Extremadura 4/2012, DOE 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos 1 de enero de 2013, Se establecen nuevas condiciones para la aplicación del tipo de gravamen reducido en Extremadura en las adquisiciones de viviendas de protección oficial con precio máximo legal y destinadas a vivienda habitual, así como en las adquisiciones de inmuebles destinados a desarrollar una actividad empresarial o profesional.
L Extremadura 4/2012, DOE 31-12-12.

Tipo de gravamen reducido en la modalidad de AJD para la adquisición y financiación de viviendas medias

Se establece la tributación reducida durante 2013 para modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición y financiación de viviendas medias en Extremadura.
L Extremadura 3/2012, DOE 31-12-12.

Precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales ligeros usados

Se han fijado para 2013 los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales ligeros usados, a efectos del ITP y AJD y del ISD, que no figuren en las tablas de precios medios de venta aprobados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Orden Extremadura 19-12-2012, DOUE 24-12-12.

Coeficientes para estimar el valor real de determinados inmuebles urbanos y de naturaleza rústica y el coste de la obra nueva de determinados inmuebles

Se han fijado para 2013 los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos y de naturaleza rústica, y el coste de la obra nueva de determinados inmuebles, a efectos del ITP y AJD y del ISD.
Orden Extremadura 19-12-2012, DOUE 21-12-12

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Se deroga, con efectos desde el 1-1-2013, el tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en vivienda habitual y, con el fin de posibilitar la gestión de los regímenes de deducción por inversión en vivienda habitual iniciados en ejercicios anteriores, se modifica el régimen transitorio para adaptarlo a la nueva situación.
L Murcia 14/2012, BORM 31-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

A partir del 1-1-2013, esta Comunidad Autónoma ha aprobado su propia tarifa del impuesto.
L Murcia 14/2012, BORM 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Precios medios en el mercado de determinados inmuebles urbanos y rústicos
Se han aprobado los precios medios en el mercado de determinados inmuebles urbanos y rústicos radicados en esta Comunidad Autónoma para 2013.
Orden Murcia 26-12-2012, BORM 29-12-12

COMUNIDAD VALENCIANA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos 1-1-2013, se incrementan los importes fijos actuales de la deducción por familia numerosa y se crea una nueva deducción por las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar.
L C.Valenciana 10/2012, DOCV 27-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

El tipo de gravamen de la modalidad de TPO del ITP y AJD aplicable a las transmisiones de inmuebles, así como a la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, salvo los derechos reales de garantía, será, hasta el 31-12-2014, el 8%. Se mantienen, por tanto, los actuales tipos reducidos para las adquisiciones de la vivienda habitual de una familia numerosa o de un discapacitado, así como para la adquisición de viviendas de protección oficial de régimen especial y la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre las referidas viviendas.
L C.Valenciana 10/2012, DOCV 27-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA

Impuesto sobre el Patrimonio

Se prorroga la vigencia del IP en Castilla-La Mancha para el año 2013.
L Castilla-La Mancha 10/2012, DOCM 27-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

En los supuestos de solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos por las oficinas de gestión (LISD art.38), se señalan competentes para su tramitación y resolución los Servicios de Gestión Tributaria de los Servicios Periféricos de la Consejería de Hacienda y las Oficinas liquidadoras de distrito hipotecario, en sus respectivos ámbitos territoriales. En el caso de Servicios Centrales, la competencia corresponde a los órganos liquidadores.
En todos los demás casos, las Oficinas liquidadoras de distrito hipotecario tienen la competencia para tramitar los expedientes y elevar la correspondiente propuesta de resolución a los órganos competentes de la Consejería de Hacienda.
Orden Castilla-La Mancha 12-12-2012, BOCM 18-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Tablas de precios medios de venta de vehículos

Se han aprobado las tablas de precios medios de venta de vehículos, complementarias a las aprobadas por el Ministerio de Economía y Hacienda, para utilizar en la aplicación del ISD y del ITP y AJD.
Orden Castilla-La Mancha 18-12-2012, BOCM 28-12-12

Medios de comprobación de bienes inmuebles de naturaleza urbana

Se han aprobado para el año 2013 las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en la LGT a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito del ISD y del ITP y AJD.
Orden Castilla-La Mancha 21-12-2012, DOCM 28-12-12

Medios de comprobación de bienes inmuebles de naturaleza rústica

Se han aprobado para 2013 los precios medios en el mercado para bienes rústicos, a efectos del ISD y del ITP y AJD.
Orden Castilla-La Mancha 19-12-2012, DOCM 28-12-12.

Aplazamientos y fraccionamientos de pago

A partir del 19-12-2012, se regula en Castilla-La Mancha los órganos competentes en materia de aplazamientos y fraccionamientos de pago en el ITP y AJD.
Orden Castilla-La Mancha 12-12-2012, BOCM 18-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos desde el 31-12-2012, en Cataluña se ha modificado el importe del mínimo exento, pasando de 700.000 euros a 500.000 euros y se ha aprobado por primera vez la tarifa del impuesto.
DL Cataluña 7/2012, DOGC 28-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LEÓN

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos de 1-1-2013, se aprueba nuevas reducciones aplicables a las adquisiciones por sucesión y por donación, y se derogan las bonificaciones existentes en el impuesto hasta dicha fecha.
L Castilla y León 9/2012, BOCYL 28-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se han modificados los tipos de gravamen del ITP y AJD, modalidad TPO, en vigor desde el 1-1-2013 en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
L Castilla y León 9/2012, BOCYL 28-12-12.

Tipos de gravamen a partir del 1-1-2013 aplicables en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del ITP y AJD

Se establecen nuevos tipos de gravamen a partir del 1-1-2013 para la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del ITP y AJD.
L Castilla y León 9/2012, BOCYL 28-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Funciones encomendadas a las oficinas liquidadoras en el ISD y en el ITP y AJD

En tanto se mantiene la suspensión del D Canarias 104/2012 art.2 y disp. trans. única, las funciones de gestión tributaria encomendadas a las Oficinas liquidadoras respecto del ITP y AJD y del ISD en relación a las autoliquidaciones, declaraciones, recursos, solicitudes y demás documentos con trascendencia tributaria que se hayan presentado en las mismas antes del 31-12-2012 se atribuyen a la Administración de Tributos Cedidos de Santa Cruz de Tenerife y a la Administración de Tributos Cedidos de Las Palmas.
O Canarias 8-1-2013, BOCANA 11-1-13.

Impuesto sobre las Labores del Tabaco

Tipos impositivos

Con efectos desde el 1-1-2013, se modifica la L Canarias 1/2011 art.12, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias, para establecer nuevos tipos del impuesto.

Sanciones

Se establecen nuevas sanciones en el Impuesto sobre las labores del tabaco en Canarias para la comercialización irregular de labores del tabaco.
L Canarias 10/2012, BOCANA 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

A partir del 1-1-2013 en Canarias se modifican y se establecen nuevos tipos de gravamen en las modalidades de TPO y AJD.
L Canarias 10/2012, BOCANA 31-12-12.

Tipos de gravamen en Canarias por AJD, documentos notariales

Con efectos a partir del 1-1-2013, se modifica el DLeg Canarias 1/2009 art.36 relativo al tipo de gravamen general aplicable a los documentos notariales, en los términos siguientes:

  • El tipo de gravamen aplicable en los documentos notariales, por el concepto de actos jurídicos documentados, se fija en el 0,75%.
  • Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de documentos relativos a operaciones sujetas al Impuesto General Indirecto Canario, el tipo se fija en el 1%.

L Canarias 10/2012, BOCANA 31-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos desde el 1-1-2013, se va a aplicar una bonificación del 95% sobre la cuota que resulte de aquellas operaciones sujetas al ITP y AJD, en su modalidad de TPO y AJD, que estén directamente relacionadas con la puesta en funcionamiento de los Centros Integrados de Desarrollo e incluidas en la L 22/2009 art.49.1.b.
L Madrid 8/2012, BOCM 29-12-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Funciones encomendadas a determinadas oficinas de distrito hipotecario en relación con la potestad sancionadora

A partir de 1-1-2013, Galicia ha encomendado a determinadas oficinas de distrito hipotecario a cargo de los registradores de la propiedad funciones relativas a la aplicación, revisión o ejercicio de la potestad sancionadora en el ISD y en el ITP y AJD.
Orden Galicia 19-12-2012, DOG 26-12-12

Precios medios de mercado de determinados inmuebles rústicos y urbanos

Se desarrolla el medio de comprobación de valores de precios medios de mercado aplicable a determinados inmuebles rústicos y urbanos situados en esta Comunidad Autónoma y aprueba los precios medios en el mercado aplicables en el ejercicio 2013.
Orden Galicia 27-12-2012, DOG 31-12-12

CIUDADES AUTÓNOMAS DE CEUTA Y MELILLA

Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las ciudades de Ceuta y Melilla

Con efectos desde el 1-1-2013, se modifica la tributación en el IPSI de las importaciones.
Con efectos desde el 1-1-2013, se han aprobado las siguientes modificaciones:

  1. Exención de las importaciones de bienes en régimen de viajeros: se remite a la normativa reguladora del IVA respecto a los términos y cuantías en los que se aplica.
  2. Devengo del impuesto: se elimina la regla particular prevista hasta ahora para la importación de vehículos de tracción mecánica, embarcaciones o aeronaves, en los cuales el devengo se producía en el momento de su matriculación. No obstante, el devengo del impuesto para los citados medios de transporte, que con anterioridad al 1-1-2013 hayan ya cumplido las formalidades de importación y se encuentren pendientes de matriculación en las ciudades de Ceuta o Melilla, se producirá en el momento en que se produzca su matriculación.

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

Impuesto sobre el Patrimonio

Se implanta en este territorio un nuevo impuesto que grava la riqueza de las personas físicas.
NF Gipuzkoa 10/2012, BOTHG 21-12-12.

Impuesto sobre las Renta de las Personas Físicas.

Modificaciones reglamentarias

Con efectos 1 de enero de 2012, se han aprobado una serie de modificaciones que afectan a las exenciones y a las deducciones por adquisición de vivienda habitual, así como los pagos fraccionados y los porcentajes de retención sobre los rendimientos del trabajo y los coeficientes de actualización aplicables al IRPF para el año 2013.
DF Gipuzkoa 48/2012, BOTHG 31-12-12.

Reglas generales de cálculo de ganancias y pérdidas

Con distintas fechas de aplicación: 1 de enero de 2012, 12 de febrero de 2012, 20 de junio de 2012 y 29 de diciembre de 2012 se introducen diversas modificaciones.

Modificaciones en la liquidación del impuesto

Con efectos 1 de enero de 2013, se eleva la reducción por tributación conjunta, se deflacta la base liquidable general, se modifica la escala de tributación de la base liquidable del ahorro y se actualizan los importes de las deducciones general, por descendientes, por ascendientes y por edad.
NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Donativos a entidades sin fines de lucro

Con efectos desde el 1-1-2013, se modifica el tipo de la deducción aplicable en el IRPF por donativos a entidades de mecenazgo, que pasa del 30% al 10%.
NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Impuesto sobre Sociedades

Sociedades patrimoniales y sociedades de promoción de empresas

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013:
Se deroga el régimen especial de sociedades de promoción de empresas.
Se modifican los tipos de gravamen aplicables a las sociedades patrimoniales.

Reglas de valoración

Se aprueban los coeficientes de corrección monetaria de aplicación a las rentas positivas derivadas de transmisiones de inmovilizado, material o intangible, y de inversiones inmobiliarias, que se realicen dentro de los períodos impositivos iniciados durante el año 2013.
NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Modificación del Reglamento de Impuesto sobre Sociedades

Con efectos desde distintas fechas, la normativa de referencia ha modificado el Reglamento del Impuesto de Sociedades; destaca la incorporación al citado Reglamento de un nuevo supuesto de retención aplicable a los premios de lotería sujetos y no exentos del nuevo gravamen especial aplicable a los mismos.
DF Gipuzkoa 50/2012, BOTHG 31-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos desde el 29-12-2012, se contemplan medidas de carácter técnico. En este sentido, cabe destacar la modificación por la que se limita a la cantidad debida la exención del Impuesto en los supuestos de cantidades percibidas por razón de contratos de seguros sobre la vida concertados para dar cobertura a una operación principal de carácter civil o NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Con efectos para las declaraciones a presentar a partir del 1-1-2013, incluyendo las correspondientes al año 2012, se aprueban los siguientes modelos: 390, 391, 392, 393 y el anexo común a los modelos 390, 392 y 393 de IVA.
OF Gipuzkoa 1164/2012, BOTHG 28-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos desde el 29-12-2012, se recogen medidas de carácter técnico. Asimismo, se elimina la exención en el ITP y AJD a:

  • las entidades sin fines lucrativos exentas por aplicación de la Norma Foral de Mecenazgo;
  • la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español; y los partidos políticos con representación parlamentaria.

NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Se establece un coeficiente de actualización del 1,02 aplicable a partir de 1-1-2013, a los valores catastrales vigentes durante el año 2012.
NF Gipuzkoa 12/2012, BOTHG 28-12-12.

ICIO

Con efectos desde el 29-12-2012, se adecua la regulación del ICIO a la sustitución de la autorización o licencia municipal previa por una declaración responsable o comunicación.
NF Gipuzkoa 13/2012, BOTHG 28-12-12.

Obligaciones de suministro de información a la Administración tributaria

Con efectos a partir de 1 de enero de 2013, se establece una nueva obligación de suministro de información dirigida a cooperativas y se modifican las ya existentes relativas a determinadas operaciones con activos financieros y participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda.
DF Guipúzcoa 49/2012, BOTHG 31-12-12.

DIPUTACIÓN FORAL DE ARABA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Gravamen especial para los premios de lotería

Con efectos 1 de enero de 2013, se elimina la exención prevista en el IRPF para los premios obtenidos en las loterías y apuestas organizados por Loterías y Apuestas del Estado o por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, Cruz Roja, ONCE, así como de los premios establecidos por organismos de otros Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo.
DF Araba 76/2007, BOTHA 31-12-12.

Estimación objetiva

Con efectos a partir del 1-1-2013, se han aprobado en Araba las cuantías, instrucciones y demás aspectos que rigen la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF.
OF Araba 869/2012, BOTHA 28-12-12.

Eliminación del pago fraccionado del segundo semestre de 2012 para determinados agricultores

Se suprime la obligación de abonar el pago fraccionado correspondiente al segundo semestre del ejercicio 2012 a todos aquellos sujetos pasivos del IRPF que, desarrollando de manera exclusiva su actividad agrícola, tengan como cultivo la vid y se hayan visto afectados por las tormentas acaecidas en la zona de Rioja alavesa los días 2-5-2012 y 26-7-2012 o por la sequía, con pérdidas en la producción en un porcentaje igual o superior al 30% y cumplan los requisitos establecidos al efecto.
DF Araba 74/2012, BOTHA 26-12-12

Actualización de balances

A partir del 31-12-2012, los sujetos pasivos del IS, los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y los contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en territorio español pueden optar por realizar una actualización de balances con una reducida carga fiscal.
DFNUF Araba 15/2012, BOTHA 31-12-12.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Aprobación de los modelos 390 y 391 de IVA

Con efectos a partir del 1-1-2013 se aprueban los siguientes modelos del IVA:
Modelo 390 de declaración-liquidación anual del IVA, así como el Anexo de Regla de prorrata, Tipos de operaciones y Regímenes especiales, que han de ser presentados por los sujetos pasivos del IVA que estén obligados a presentar, con una periodicidad mensual o trimestral, declaración-liquidación por el referido Impuesto mediante el modelo 303.
Modelo 391 de declaración-liquidación anual del IVA, para los sujetos pasivos que estén obligados a tributar por alguna o varias actividades en régimen simplificado.
OF Araba 824/2012, BOTHA 24-12-12

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Gravamen especial para los premios de lotería

Con efectos 1 de enero de 2013, se elimina la exención prevista en el IRPF para los premios obtenidos en las loterías y apuestas organizados por Loterías y Apuestas del Estado o por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, Cruz Roja, ONCE, así como de los premios establecidos por organismos de otros Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo.
DFN 10/2012, BOTHB 31-12-12.

Porcentajes de retención sobre los rendimientos del trabajo del IRPF

Con efectos a partir de 1-1-2013, se modifican los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo en el IRPF de este territorio foral.
DF Bizkaia 181/2012, BOTHB 31-12-12.

Estimación objetiva

Con efectos a partir del 1-1-2013, se han aprobado en Bizkaia las cuantías, instrucciones y demás aspectos que rigen la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF.
OF Bizkaia 3210/2012, BOTHB 11-1-13.

Actualización de balances

A partir del 28-12-2012, los sujetos pasivos del IS, los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y los contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en territorio español pueden optar por realizar una actualización de balances con una reducida carga fiscal.
DFN Bizkaia 11/2012, BOB 28-12-12.

Precios medios de venta para ITP y AJD, ISD e IMT

Con efectos desde el 1-1-2013, se aprueban los precios medios de venta de vehículos de turismo, todoterrenos y motocicletas, así como de embarcaciones de recreo y motores marinos usados y los porcentajes de depreciación en función de la antigüedad de los mismos, aplicables en el ejercicio 2013, en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT.
OF Bizkaia 3212/2012, BOTHB 11-1-13.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Se han aprobado los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para 2013.
OF Bizkaia 3209/2012, BOTHB 10-1-13.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se introducen una serie de cambios importantes en relación al IRPF en este territorio con efectos a partir de 12 de febrero de 2012 y de 1 de enero de 2013.
LF Navarra 22/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos desde el 1-1-2012, en Navarra se reduce el importe de la exención por la vivienda habitual del sujeto pasivo, del mínimo exento aplicable, así como la cuantía del valor de los bienes o derechos a partir de la cual existe obligación de presentar declaración del IP.
LF Navarra 23/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre Sociedades

Se han aprobado una serie de modificaciones relevantes en el ámbito de este impuesto, con diferentes fechas de vigencia, así como el régimen de actualización de balances para acomodarlo a la normativa estatal.
LF Navarra 21/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos para los hechos imponibles producidos a partir del 1-1-2013, se regulan las adquisiciones «mortis causa» por sujetos pasivos discapacitados.
LF Navarra 21/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se introducen modificaciones en este impuesto afectando a operaciones no sujetas, así como la introducción de beneficios fiscales para adaptar la normativa foral a la estatal.
LF Navarra 21/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Con efectos a partir del 1-1-2013, se modifica la LF Navarra 7/1996, que aprueba las tarifas y la instrucción del IAE, al objeto de establecer reducciones proporcionales para aquellos establecimientos que permanezcan abiertos durante un período inferior al año.
LF Navarra 21/2012, BON 31-12-12.

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Se actualizan las tarifas aplicables en el IVTM a partir de 1-1-2013, con la aplicación del IPC correspondiente.
LF Navarra 21/2012, BON 31-12-12.

DIVERSAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos

Al haberse aprobado en el ámbito estatal la supresión del IVMDH y su integración en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1-1-2013. diversas Comunidades Autónomas han modificado su normativa con el fin de adaptarla a la normativa estatal que reseñamos seguidamente:

  • L Aragón 10/2012, BOA 31-12-12;
  • L Castilla-La Mancha 10/2012, DOCM 27-12-12;
  • L Castilla y León 9/2012, BOCYL 28-12-12
  • L C.Valenciana 10/2012, DOCV 27-12-12
  • L Asturias 3/2012, BOPA 29-12-12
  • L Baleares 15/2012, BOIB 29-12-12
  • L Extremadura 4/2012, DOE 31-12-12
  • L Madrid 8/2012, BOCM 29-12-12
  • L Murcia 14/2012, BORM 31-12-12
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