7.- Tipos de gravamen

Se reduce progresivamente, en el plazo de dos años el tipo general del 30 al 25 por 100, manteniéndose un número significativo de tipos especiales para diversas categorías de entidades: entidades de nueva creación que desarrollen actividades económicas, etc.

Se eliminan en 2016 los tipos reducidos para las empresas de reducida dimensión, equiparándose su tipo de gravamen con el general.

Se desarrolla un régimen transitorio para el ejercicio que se inicie en 2015.

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