.- Funcionamiento del sistema burovoz

Estimados clientes:

Este despacho ha recibido información relativa a la implantación en el mercado de un sistema para la certificación de la realización y contenido de las comunicaciones telefónicas encaminado a dar validez como prueba judicial a este tipo de conversaciones que hasta ahora se escapaba, en la mayoría de los casos, del ámbito probatorio judicial.

El sistema es conocido como Burovoz y se está publicitando en la web en la dirección www.burovoz.es.

El procedimiento es muy sencillo y permite al usuario de Burovoz grabar la conversación telefónica mientras se está produciendo. Esta grabación se conservará bajo la custodia de un tercero que certificará que efectivamente la llamada se ha realizado, e incluso el contenido de la misma, pudiendo solicitarse su transcripción escrita.

El sistema es tan completo que permite, en el caso de que se niegue que la voz que se oye es la propia, un estudio de la modulación de la misma con plena identificación del que habla.

Dado lo novedoso del sistema, todavía no nos consta que los Tribunales lo estén admitiendo de manera generalizada como medio válido de prueba. En todo caso, este despacho entiende que este procedimiento de certificación en juicio es perfectamente admisible como prueba en el proceso judicial, incluso sin notificar al otro interviniente que se está procediendo a la grabación, ya que ésta la realiza uno de los que interviene en la conversación.

Por ello, hemos entendido conveniente haceros llegar nuestra preocupación por las consecuencias judiciales del sistema Burovoz. Así os aconsejamos que, de la misma manera que tenéis cuidado en vuestras declaraciones por cualquiera de los medios escritos, mantengáis la alerta en toda conversación telefónica (fijo o móvil) en la que estéis tratando cuestiones delicadas y que puedan provocar importantes consecuencias jurídicas.

No es nuestra intención el provocaros una alarma innecesaria. Simplemente queremos que conozcáis este novedoso sistema y que valoréis el grado de confianza que os supone vuestro interlocutor en una conversación telefónica en la que se estén tratando temas delicados o de transcendencia personal o jurídica.

Estamos a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración.

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