.- Reformas fiscales aprobadas.

Con independencia de las modificaciones que se introduzcan a través de la Ley de Presupuestos para 2010, se ha aprobado y publicado ( BOE 27 Octubre 2009) la Ley 11/2009 de 26 de octubre por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Esta ley tiene como objetivo potenciar el mercado de alquiler a través de sociedades que centren su negocio en esa actividad, que podrán obtener importantes incentivos fiscales siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Las reformas mas importantes que se han introducido mediante Disposiciones Finales, y cuya entrada en vigor se producirá el próximo 1 de enero de 2010, son las siguientes:

Grupos empresariales fiscales. Se permitirá tributar en consolidación fiscal al grupo empresarial cuando la matriz controle como mínimo el 70 por 100 de las filiales. Actualmente se exige el 75 por 100 de participación.

Modificación del artículo 108 de la Ley de Mercado de Valores.
Deja de aplicarse a las transmisiones de concesiones administrativas, especialmente autopistas y aparcamientos.

Recuperación del IVA en las ventas a plazos. Actualmente las empresas pueden solicitar la devolución de las cuotas repercutidas a un comprador que deje de pagar, transcurrido un año desde que ingresaron las cuotas repercutidas. Este periodo de tiempo se flexibilizará atendiendo a la posibilidad de que en las ventas a plazos el acreedor deje de pagar transcurrido más de un año desde que el vendedor liquidó la cuota del IVA repercutido por aquella venta.

Posibilidad de reducir las cuotas de arrendamiento financiero (leasing). Actualmente, durante el periodo que dura un contrato de arrendamiento financiero, las cuotas deben mantenerse en el mismo importe o aumentarlo. Con la reforma, y al objeto de favorecer la renegociación de la financiación de las empresas, se abrirá la posibilidad de alargar los plazos y consecuentemente, reducir su importe.

Tipo aplicable del IVA en los alquileres con opción de compra. Se aplicará el tipo reducido en lugar del tipo general.

Impuesto de matriculación de las motocicletas. Se incluye una rebaja en el impuesto de matriculación de las motocicletas y estarán exentas aquellas que no sobrepasen los 100 g/km de emisión de CO2.

Préstamos de socios a entidades vinculadas. En los préstamos de socios a entidades vinculadas se establece que los rendimientos correspondientes al exceso del resultado de multiplicar por tres la participación del socio en los fondos propios de la entidad formarán parte de la renta general del impuesto.

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