.- Disposiciones publicadas durante los meses de junio, julio y agosto de 2012.

Presupuestos Generales del Estado

Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Jefatura del Estado. B.O.E. número 156 de 30 de junio de 2012.

Bienes inmuebles. Ley de aprovechamiento por turno

Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias.
Jefatura del Estado. B.O.E. número 162 de 7 de julio de 2012.

Estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad

Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Jefatura del Estado. B.O.E. número 168 de 14 de julio de 2012.

Aduanas. Documento Único Administrativo

Resolución de 27 de junio de 2012, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recoge las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 170 de 17 de julio de 2012.

Limitación deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades

Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de Tributos, en relación con la limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 170 de 17 de julio de 2012.

Tributos sobre el Juego

Resolución de 12 de julio de 2012, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que desarrolla los artículos 26 y 27 del Real Decreto 1613/2011, de 14 de noviembre, en relación con la identificación de los participantes en los juegos y el control de las prohibiciones subjetivas a la participación.
Resolución de 12 de julio de 2012, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que establece el modelo y contenido del informe de certificación definitiva de los sistemas técnicos de los operadores de juego y se desarrolla el procedimiento de gestión de cambios.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 172 de 19 de julio de 2012.

Reglamento de desarrollo de la Ley de Instituciones de inversión colectiva

Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.
Ministerio de Economía y Competitividad. B.O.E. núm. 173 de 20 de julio de 2012.

Regulación Registro electrónico de apoderamientos

Orden HAP/1637/2012, de 5 de julio, por la que se regula el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 177 de 25 de julio de 2012.

Convenio entre el Reino de España y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal

Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su protocolo, hecho en Madrid el 3 de febrero de 2011.
Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. B.O.E. número 181 de 30 de julio.

Organización y atribución de competencias en el área de recaudación

Resolución de 24 de julio de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se modifica la de 26 de diciembre de 2005, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 183 de 1 de agosto de 2012.

Impuestos Aduaneros. Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales

Resolución de 27 de julio de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 28 de julio de 1998, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 185 de 3 de agosto de 2012.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo impositivo aplicable a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas. B.O.E. núm. 187 de 6 de agosto de 2012.

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Medidas financieras para el pago a proveedores

Ley 1/2012, de 14 de junio, de autorización del endeudamiento derivado del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas.
B.O.E. número 157 de fecha 2 de julio de 2012.

COMUNITAT VALENCIANA

Medidas urgentes

Ley 2/2012, de 14 de junio, de Medidas Urgentes de Apoyo a la Iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana.
B.O.E. número 161 de fecha 6 de julio de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Medidas urgentes para la contención del gasto público

Decreto-ley 1/2012, de 25 de junio, de medidas urgentes para contención del gasto público y la adaptación del funcionamiento de los servicios públicos a la realidad económica y social en Extremadura.
B.O.E. número 161 de fecha 6 de julio de 2012.

Medidas urgentes en materia tributaria, financiera y del juego

Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
B.O.E. número 166 de fecha 12 de julio de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Estabilidad presupuestaria

Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
B.O.E. número 161 de fecha 6 de julio de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Medidas administrativas y fiscales

Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
B.O.E. número 166 de fecha 12 de julio de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Medidas económicas. Apoyo a las Personas Emprendedoras y a la Pequeña Empresa

Ley 16/2012, de 28 de junio, de Apoyo a las Personas Emprendedoras y a la Pequeña Empresa del País Vasco.
B.O.E. número 172 de fecha 19 de julio de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Medidas económicas

Decreto-ley 1/2012, de 26 de junio, de medidas para cumplir el Plan económico financiero de reequilibrio de la Generalidad de Cataluña y otras necesidades derivadas de la coyuntura económico-financiera.
B.O.E. número 176 de fecha 24 de julio de 2012.

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Medidas financieras y administrativas

Ley 4/2012, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas.
B.O.E. número 180 de fecha 28 de julio de 2012.

Presupuestos

Ley 5/2012, de 16 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2012.
B.O.E. número 190 de fecha 9 de agosto de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Organización

Ley 3/2012, de 20 de julio, por la que se suspende el funcionamiento del Consejo Económico y Social de La Rioja.
B.O.E. número 188 de fecha 7 de agosto de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Medidas fiscales

Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales.
B.O.E. número 193 de fecha 13 de agosto de 2012.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Impuesto sobre el Valor Añadido

Decreto Foral Legislativo 2/2012, de 25 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
B.O.E. número 204 de fecha 25 de agosto de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

Días inhábiles

Decreto 66/2012, de 27 de julio, por el que se modifica el Decreto 110/2011, de 25 de noviembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2012, a efectos de plazos administrativos.
B.O.E. número 204 de fecha 25 de agosto de 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Impuesto sobre el Patrimonio. Reducciones aplicables en la base imponible

Con efectos a partir del 1-7-2012, Canarias da nueva regulación a las reducciones aplicables en la base imponible de las adquisiciones mortis causa. Se mejoran las deducciones establecidas a nivel estatal y se crean dos nuevas reducciones propias de esta Comunidad Autónoma (por edad y por adquisición de bienes del Patrimonio Natural).
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto sobre el Patrimonio. Exención en patrimonios especialmente protegidos

Con efectos desde el 1-7-2012, se crea una nueva exención relativa a los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad. Se declaran exentos los bienes y derechos de contenido económico que cumplan ciertos requisitos.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto General Indirecto Canario. Modificación de tipos impositivos

Con efectos a partir del 1-7-2012 se modifican los tipos impositivos del Impuesto General Indirecto Canario.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto General Indirecto Canario. Exenciones en operaciones interiores

La Ley de Medidas Administrativas y Fiscales procede a realizar una regulación integral de las exenciones interiores, trasladando a las mismas, en tanto que se ha considerado procedente, la correspondiente regulación del IVA. De modo que desde el 1-7-2012 su regulación jurídica es la contenida en la Ley 4/2012.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto General Indirecto Canario. Exenciones interiores

La Dirección General de Tributos de Canarias ha establecido, como criterio vinculante, la regulación jurídica aplicable a las exenciones en operaciones interiores en el IGIC desde la fecha de entra en vigor de la L Canarias 4/2012.
En consecuencia y, con base en lo anterior, la DGT establece con carácter vinculante a estos efectos que el régimen jurídico de las exenciones por operaciones interiores en el IGIC desde el 1-7-2012 (fecha de entrada en vigor de la L Canarias 4/2012) es el contenido en:

  • L Canarias 4/2012 Sección I del Capítulo Único del Título III del Libro II y disp.trans.4ª.
  • L 19/1994 art.25 y 47.

Por tanto, a las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas desde el 1-7-2012 no les resulta de aplicación el régimen de exenciones previsto en la L 20/1991 art.10 y L 19/1994 art.24.
Se establece la exención aplicable desde el 1-7-2012 hasta el 31-12-2012 a las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por sujetos pasivos personas físicas cuyo volumen total de operaciones realizadas durante el ejercicio 2011 no hayan excedido de 29.015 euros.
Resol. DGT Canarias 3-7-12, BOC 12-7-12.

Impuesto General Indirecto Canario. Recargo Minorista

Se establecen, con vigencia desde 1-7-2012 los tipos del recargo aplicables a las importaciones de bienes sujetas y no exentas al IGIC efectuadas por comerciantes minoristas para su actividad comercial.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto General Indirecto Canario. Exenciones en operaciones inmobiliarias

La Ley de Medidas Administrativas y Fiscales regula, con efectos desde 1-7-2012, las exenciones de las operaciones inmobiliarias en Canarias, trasladando a las mismas, en tanto que se ha considerado procedente, la correspondiente regulación del IVA.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos a partir del 1-7-2012, Canarias amplía el listado de reducciones aplicables en la base imponible de las adquisiciones lucrativas inter vivos, mediante la introducción de mejoras en las reducciones estatales y la creación de dos nuevas reducciones propias (reducción por la donación de cantidades en metálico con destino a la constitución o adquisición de una empresa individual o un negocio profesional o para adquirir participaciones en entidades y reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad).
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Tipos de gravamen

Se amplían los supuestos a los que resultan de aplicación los diferentes tipos generales de gravamen de la modalidad TPO, se determina el tipo de gravamen aplicable a la adquisición de vehículos y se establecen nuevas obligaciones en materia de información y gestión tributaria en lo que afecta al ITP y AJD.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

ITP y AJD. Presentación telemática del modelo 620 para compraventa de determinados medios de transporte usados

Con efectos a partir del 1-9-2012, se ha aprobado una Orden que regula las condiciones y el procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 620 (autoliquidación del ITP y AJD, de compraventa de determinados medios de transporte usados).
Orden Canarias 26-7-12, BOC 6-8-12.

ITP y AJD. Gestión tributaria

Con efectos desde el 1-7-2012, entre otras medidas, en relación con la comprobación por parte de la Administración de los valores de transmisión y adquisición de inmuebles, de conformidad con la Ley General Tributaria, a efectos de obtener los precios medios que son utilizados en los sistemas automáticos de comprobación, se determina que el consejero competente puede desarrollar los procedimientos para la obtención de tales precios medios, estableciendo la metodología a seguir para la determinación del valor unitario por metro cuadrado así como los datos y parámetros objetivos a tener en cuenta a estos efectos.
Asimismo, en cuanto a la presentación telemática de las declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones, solicitudes y cualquier otro documento con trascendencia tributaria y, en su caso, el abono del importe correspondiente, se determina que es el consejero competente en esta materia el que ha de dictar las directrices para la presentación por esta vía de las escrituras públicas.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Con efectos 1-1-2012 se modifican las deducciones autonómicas aplicables en Canarias, procediendo a dar una mejor redacción técnica a diversas de ellas para salvar incoherencias que se han puesto de manifiesto a lo largo de su aplicación práctica. En concreto, quedan afectadas las deducciones por donaciones con finalidad ecológica, por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias, por gastos de estudios, por traslado de residencia, por nacimiento o adopción de hijos, por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años, por gastos de guardería, por familia numerosa, por alquiler de vivienda habitual y por contribuyentes desempleados.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

IMPUESTOS PROPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Aprobación de dos nuevos impuestos propios medioambientales en Canarias.

Con efectos 1-7-2012 se crea el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por los Grandes Establecimientos Comerciales y con efectos 1-1-2013 el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por Determinadas Actividades.

Creación del Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito.

Con efectos desde el 1-7-2012, se crea el Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias.

Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre Combustibles derivados del Petróleo (ICDP).

Con efectos de 1-7-2012 se introducen modificaciones en el Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre Combustibles derivados del Petróleo por la Ley de Medidas Administrativas y Fiscales.

Impuesto sobre las Labores del Tabaco (ILT).
Modificaciones introducidas por la Ley de medidas administrativas y tributarias.

La L Canarias 4/2012 modifica la Ley Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
L Canarias 4/2012, BOC 26-6-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LEÓN

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos a partir del 18-7-2012, esta Comunidad Autónoma ha aprobado una bonificación aplicable a determinadas adquisiciones en virtud de donación u otro negocio jurídico gratuito inter vivos respecto de las que en su día no se presentó la correspondiente autoliquidación. Las condiciones para poder aplicarla son que los bienes o derechos adquiridos no sean dinero metálico y estén situados en el extranjero, y que las adquisiciones se hayan producido entre el 1-1-2008 y el 31-12-2011.
Orden Castilla y León HAC/634/2012, BOCYL 2-8-12.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones autonómicas

Para los hechos imponibles del IRPF producidos a partir del 1-1-2012 se unifican los límites de renta aplicables a las deducciones autonómicas del IRPF en Castilla y León.
L Castilla y León 4/2012, BOCYL 17-7-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Tipos impositivos

A partir de 7-8-2012 y con carácter general, se incrementan los tipos impositivos de este impuesto en sus diferentes modalidades, estableciéndose además un nuevo tipo impositivo en la modalidad TPO y una nueva bonificación, con carácter transitorio, en la cuota del impuesto.
L Castilla- La Mancha 6/2012, DOCM 6-8-12.

Gestión del impuesto

Se amplían los documentos que pueden ser objeto de pago electrónico, entre otros, los que afectan a las autoliquidaciones y liquidaciones del ITP y AJD e ISD.
Resol. Castilla-La Mancha 23-7-12, DOCM 30-7-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos desde el 29-6-2012, se lleva a cabo una modificación de los tipos impositivos aplicables a las modalidades TPO y AJD del impuesto, elevándose con carácter general os tipos de gravamen aplicables a las diferentes modalidades del impuesto, con motivo, principalmente, de la elevación del tipo impositivo general.
L Extremadura 2/2012 art.3 a 11, DOE 29-6-12.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones

Con efectos desde el 1-1-2012 se introduce una modificación de carácter técnico en la regulación de las deducciones para el fomento del autoempleo de las mujeres y de los jóvenes emprendedores, para establecer como límite de su cuantía el importe de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social cuando éstas sean inferiores a las cantidades establecidas. Por otra parte, se modera el coste fiscal de la deducción por trabajo dependiente.
L Extremadura 2/2012, DOE 29-6-12.

Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte

Se han incrementado los tipos de gravamen correspondientes a aquellos vehículos con mayores emisiones de CO2 o de más elevado valor.
L Extremadura 2/2012, DOE 29-6-12.

Impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos

Se fijan los nuevos tipos de gravamen autonómicos del impuesto, se regula la devolución parcial de las cuotas del gasóleo de uso profesional y, por último, se exige la presentación de declaraciones informativas relativas a este impuesto.
L Extremadura 2/2012, DOE 29-6-12.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones

Con efectos desde el 13-8-2012 se modifica el requisito relativo al depósito de la fianza para la deducción por alquiler de vivienda habitual en Galicia.
L Galicia 8/2012, DOG 24-7-12.

DIPUTACIÓN FORAL DE ARABA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retención aplicable a las actividades económicas

Con efectos desde el 1-9-2012, se eleva el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos de una actividad profesional.
DF Araba 38/2012, BOTHA 3-8-12.

Cesión de datos del nivel de renta de los contribuyentes

Con efectos desde 6-8-2012 se modifica nuevamente la Norma General Tributaria en Araba en relación con la cesión de los datos con trascendencia tributaria con la finalidad de poder determinar el nivel de aportación en las prestaciones del Sistema Nacional de la Seguridad Social.
DFNUF Araba 8/2012, BOTHA 6-8-12

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Impuesto sobre el Valor Añadido

Se incorporan en Bizkaia las últimas modificaciones habidas respecto al IVA en el ámbito estatal.
DFN Bizkaia 3/2012, BOTHB 23-7-12.

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

Impuesto sobre Actividades Económicas

Se sustituye la exención objetiva relativa al importe del volumen de operaciones del sujeto pasivo, por el importe neto de la cifra de negocios, a la vez que se reduce su cuantía. Al mismo tiempo, se modifican los coeficientes de ponderación en base a los cuales los municipios podrán incrementar las cuotas fijadas en las tarifas del Impuesto.
NF Gipuzkoa 4/2012, BOTHG 10-7-12.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Se regula la aplicación del recargo de viviendas vacías desde una vertiente distinta para aplicar el citado recargo no sobre el concepto de vivienda vacía sino sobre el concepto de vivienda que no constituye residencia habitual de un residente en el municipio donde se ubica la vivienda.
NF Gipuzkoa 4/2012, BOTHG 10-7-12.

Impuesto sobre el Incremento del ¨Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana

Con efectos desde el 11-7-2012, se eleva del 10 al 15% el límite establecido al tipo de gravamen del Impuesto fijado por cada ayuntamiento.
NF Gipuzkoa 4/2012, BOTHG 10-7-12.

DIPUTACIÓN FORAL DE NAVARRA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se equiparan a las establecidas con carácter general las retenciones sobre las prestaciones de desempleo que se abonen en el año 2012, a partir del 21-6-2012, y en el año 2013.
LF Navarra 10/2012, BON 20-6-12.

Impuesto sobre Sociedades

Con distintas fechas de entrada en vigor, en relación con el Impuesto de Sociedades, se realizan las siguientes modificaciones:

Con efectos desde 1-1-2012, no son deducibles los gastos financieros generados dentro de un grupo de sociedades, cuando se destinen a la adquisición, de otras entidades del grupo, de participaciones en el capital o fondos propios de cualquier tipo de entidad, o a la realización de aportaciones en el capital o fondos propios de otras entidades del grupo, salvo que el sujeto pasivo acredite que existen motivos económicos válidos para la realización de esas operaciones.

  • Con efectos desde 1-1-2012, desaparece en Navarra, al igual que en el ámbito estatal, la regla de subcapitalización, sustituyéndose por un régimen de limitación a la deducibilidad de gastos financieros en el 30% del beneficio operativo del ejercicio y, como máximo, hasta un millón de euros.
  • Para los períodos impositivos que se inicien en 2012 y 2013 se establecen limitaciones en las deducciones en la base imponible para las operaciones de restructuración empresarial: la deducción correspondiente al fondo de comercio y la llamada diferencia de fusión pasan del límite anual máximo del 10% al del 2%.

Asimismo, con carácter temporal para los dividendos y rentas que se devenguen en el año 2012, se establece un gravamen especial del 8% sobre los dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. De esta forma, las entidades que no hubieran podido utilizar la exención prevista para los dividendos y rentas de fuente extranjera por estar alguna de las sociedades participadas en un país de reducida tributación, pueden repatriar fondos a un coste reducido.
LF Navarra 10/2012, BON 20-6-12.

Aprobación del modelo correspondiente al gravamen especial de fuentes extranjeras en Navarra

Con efectos 31-7-2012 se aprueba el modelo 250, Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
OF Navarra 15/2012 4-7-12, BON 30-7-12

Ley Foral General Tributaria

Con efectos desde 21-6-2012, en la Ley Foral General Tributaria:

  • Se incrementan las multas pecuniarias a imponer en las sanciones por infracciones tributarias graves, que pasan a estar comprendidas entre el 75 y el 180% de las cantidades dejadas de ingresar, frente al 50-150% establecido anteriormente.
  • Se posibilita la cesión de datos de naturaleza tributaria que permitan establecer el nivel de aportación a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, como requiere la nueva forma de financiación de las prestaciones farmacéuticas establecida por el RDL 16/2012.
  • Las declaraciones, declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones cuyo plazo de presentación hubiera finalizado antes de 1-4-2012 y que se presenten entren el 21-6-2012 y el 31-12-2012, tendrán una reducción del 90% en el recargo por presentación extemporánea sin requerimiento; y del 20% en los intereses de demora que correspondan.

LF Navarra 10/2012, BON 20-6-12.

Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos

Se implanta en la Comunidad Foral el tipo de Gravamen autonómico en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.
LF Navarra 10/2012, BON 20-6-12.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Con carácter general, se elevan los tipos impositivos y se amplía la base del IVA.
DF Leg Navarra 2/2012, BON 31-7-12.

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